CONDICIONES DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BOX/BAULERA METÁLICA

El siguiente contrato regirá las relaciones entre JMULLINS SRL. (en adelante «la empresa») y el solicitante del servicio (en adelante «el cliente»).

PRIMERA. OBJETO:

La empresa se obliga a la instalación y arriendo del Box/Baulera según el modelo seleccionado que se detalla en el sitio web.

SEGUNDA. PRECIO:

Como prestación por el arrendamiento anteriormente mencionado, el cliente se compromete a abonar los importes correspondientes a los abonos mensuales y tasa de instalación según se detallan en el sitio web.

TERCERA. FORMA DE PAGO:

El cliente autoriza a que se debite automáticamente de su tarieta de crédito proporcionada en el formulario del sitio web el monto correspondiente al arrendamiento mensual.

CUARTA. PLAZO:

El plazo del presente contrato de arrendamiento es de un año a partir del día de la fecha proporcionada en el formulario. Luego del vencimiento del mismo, este se renueva automáticamente.

QUINTA. RESCISIÓN:

Luego de transcurrido el año de contrato el cliente podrá rescindir el mismo en cualquier momento comunicando a la empresa por las diferentes vías de contacto.
En caso de rescindir con anterioridad al año de haberse celebrado el contrato, se aplicará una multa correspondiente al valor de tres meses de alquiler.

SEXTA. REAJUSTES:

La empresa tendrá el derecho de reajustar anualmente el precio de la mensualidad por el arrendamiento del Box/Baulera. Dichos reajustes no podrán superar el valor estipulado por el IPC.

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DEL CLIENTE:

Es responsabilidad del cliente proporcionar un lugar bajo techo para la instalación del Box/Baulera. El cliente deberá informar con al menos 72 horas de antelación a la empresa en el caso de traslado o mudanza, especificando el nuevo domicilio en que será instalado el referido Box/Baulera. Queda específicamente prohibido el subarriendo o ceder su calidad de arrendatario a un tercero. Finalizado el contrato, deberá el cliente devolver el Box Baulera en el mismo estado que se le entregó, tomándosele en consideración el deterioro ocasionado por el uso y goce legítimo del mismo (art. 1827 del Código Civil). De generarse algún daño al Box/Baulera que no sea asumido por el arrendatario, se debitará su cobro de la tarieta que autorizó en este contrato.

OCTAVA. GARANTIA:

La empresa se compromete al mantenimiento y reparación por desperfectos en el producto, no haciéndose responsable por daños ocasionados por golpes recibidos o mal uso del bien.

NOVENA. INCUMPLIMIENTO:

El cliente autoriza a la empresa a que en caso de atrasos o incumplimiento se proporcione dicha información al Clearing de informes u otro banco de datos.